jueves, 11 de julio de 2019

1er. Webinario AMPPR-IARPP Capítulo México Contemporáneo: Apego y resiliencia en la familia homoparental


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Roberto Vargas Arreola 



Introducción

Las homoparentalidades son organizaciones familiares emergentes en nuestros días, atravesadas por posturas polémicas y divergentes. Las opiniones más conservadoras aluden a que el matrimonio y la adopción de hijos por parte de parejas homosexuales repercuten psicológicamente en el niño, en específico, en su orientación de género u orientación sexual. Posturas más liberales muestran con, sustento científico, que no existe ninguna precondición en la homoparentalidad que repercuta en esta orientación y por el contrario, padres homosexuales pueden ser respetuosos con la crianza y educación de sus hijos, manifestando compromiso, amor y entrega en sus funciones parentales. En las encrucijadas de este asunto polémico, se considera que el psicoanálisis relacional pueden aportar elementos cruciales que permitan una mayor comprensión y análisis del acontecer de estos padres e hijos, que disminuya las perspectivas prejuiciosas, punitivas y estigmatizadas de esta elección y promueva el reconocimiento de prácticas diferentes a las convencionales.

Por ello, se propone analizar el vínculo en el ejercicio parental de padres adoptivos que han formado una familia homoparental con el fin de estudiar los elementos interaccionales encaminados a establecer un apego seguro con sus hijos y a desarrollar habilidades resilientes. Se considera que si una investigación se enfoca en describir las relaciones, en lugar de interpretar datos psicopatológicos, tiene oportunidad de descubrir los recursos y no solo los déficits de estas familias, en un tiempo donde se requiere mayor respeto a la diversidad en todos los ámbitos de la vida pública.

El interés está centrado en estudiar las particularidades de esta organización familiar, a diferencia de la búsqueda por homologarla con la familia tradicional. Al estudiar los aspectos particulares es probable que se obtengan hallazgos importantes en el reconocimiento de sus diferencias.



Las familias homoparentales

Las familias homoparentales son aquellas cuyas figuras parentales están conformadas por personas del mismo sexo. El término abarca a parejas homosexuales (gays y lesbianas) que, como pareja, acceden a la maternidad o paternidad; así como a las familias constituidas por una pareja homosexual que educa y vive con los hijos de alguno de sus miembros, producto de una relación heterosexual previa. En nuestro país, desde el ámbito jurídico, las parejas del mismo sexo conviven bajo diversas legislaciones. Sin embargo, en 2016, la Suprema Corte avaló la adopción homoparental a nivel nacional.

De acuerdo al Censo de Población y Vivienda del 2010, seis de cada mil hogares en el país están conformados por parejas homosexuales y tres cuartas partes de las familias homosexuales en el país tienen hijos, siendo más frecuente en las parejas lésbicas. Para Angulo, Granados y González (2014), las familias conformadas por gays y lesbianas han existido desde hace mucho tiempo, antes de que se legalizara el matrimonio entre personas del mismo sexo. Con el reconocimiento legal y los derechos garantizados, estas familias han tenido más visibilidad y más herramientas para exigir sus derechos.

No obstante, a pesar de ello, la última encuesta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación publicó que uno de cada dos homosexuales refiere ser discriminado. 16.7% de las mujeres lesbianas y 10.6% de los hombres homosexuales han percibido rechazo en los servicios de salud. De 2,362 parejas casadas hasta marzo de 2013, según datos del gobierno capitalino, sólo 22 consiguieron registrarse en los servicios de seguridad social, tras interponer un amparo. Con ello se declara una violencia institucional en el país, ya que las autoridades federales se han negado a hacer las modificaciones correspondientes a la ley para garantizar a todos los matrimonios el derecho a la seguridad social (Angulo, Granados y González, 2014).

Si bien los ordenamientos que protegen el derecho a una familia, aun cuando ésta sea homoparental, están legislados, en opinión de Fernández (2014), esta familia aún no goza del reconocimiento social, despertando una clara desconfianza en el planteamiento de que parejas homosexuales obtengan el derecho de criar y educar a hijos e hijas. Esta controversia ha dado lugar a una guerra cultural entre grupos conservadores y liberales. Por un lado, los primeros niegan el derecho de las parejas homosexuales a tener hijos, establecen que las figuras materna y paterna son necesarias para formar la identidad de género del niño, argumentando que la falta de un padre o madre puede originar graves trastornos de la personalidad e incluso una orientación homosexual en el menor (Fernández, 2014). Por otro lado, los segundos argumentan que no existe una relación directa entre ser criado en una familia homoparental y presentar algún trastorno en la identidad sexual o de género.

Angulo, Granados y González (2014) desde una postura crítica y apoyada en los testimonios de padres homosexuales, sostienen que las familias homoparentales tienen considerables fortalezas frente algunas familias heteroparentales, por ejemplo, en estas familias se establecen patrones más igualitarios en la distribución de los tiempos y las responsabilidades en el hogar y con los hijos. Numerosos estudios de expertos, así como la Asociación Americana de Psicología, de Psiquiatría, de Pediatría y de Psicoanálisis han asegurado que la sexualidad de los padres y madres no tiene efectos perjudiciales en la salud y el desarrollo de los hijos (Angulo, Granados y González, 2014).

En nuestro país, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM, 2010), en específico el Seminario de Ética y Bioética de la Facultad de Filosofía y Letras, sostiene que no existen razones objetivas, ni científicamente fundadas, para conjeturar riesgos en los menores criados y/o adoptados por parejas homosexuales. En comparación con las parejas heterosexuales no existen diferencias significativas en los efectos psicosociales de estos niños. Tanto las familias heteroparentales como las homoparentales pueden ofrecer condiciones adecuadas para criar, cuidar y educar a niños en calidad de orfandad o abandono.

Asimismo, la UNAM (2010) refiere que el matrimonio, así como la familia son instituciones sociales que han evolucionado en el transcurso de la historia. La Ley debe reconocer y regular la diversidad de organizaciones familiares, así como las distintas funciones del matrimonio. En su opinión, es inaceptable que se difunda una definición rígida y sustancial de la familia o del matrimonio. El hecho de que tradicionalmente las familias y los matrimonios hayan sido heterosexuales, no implica que el Estado actual se absuelva del reconocimiento y protección legal de las uniones y la adopción por parte de personas del mismo sexo.

La UNAM (2010) concluye, como lo demuestran otras investigaciones internacionales, que la legalización del matrimonio homosexual y la adopción homoparental puede tener un efecto favorable en fortalecer la pluralidad social y la integración definitiva de las personas homosexuales en todos los ámbitos, en favorecer la aceptación y el reconocimiento de sus derechos y en reducir la intolerancia, a partir de la penalización de los actos de discriminación, violencia y segregación homofóbica.

Desde la postura del presente ensayo se considera que el vínculo que se sostiene en el ejercicio parental de padres adoptivos que han formado una familia homoparental puede ser orientado desde la psicoterapia hacia diferentes metas, entre ellas:

1)      La resiliencia de los padres para afrontar las adversidades derivadas de la crítica y la desconfianza de algunos sectores de la sociedad.

Desde el punto de vista relacional, ciertos grupos sociales representan lo rechazado o repudiado por la sociedad y la cultura, son sujetos de proyecciones negativas y contenidos repudiados e inaceptables que se necesitan evacuar a través de mecanismos  de desapropiación subjetiva. Así, los homosexuales, las mujeres, los indígenas, los judíos, los negros, entre otros, han fungido como receptáculos de odio y desprecio hacia lo diferente ya que contrapuntea la fragilidad de la identidad.

Sin embargo, existe una diferencia notable entre ser destinatario de estas proyecciones e identificarse con éstas. Si una familia homoparental evita permearse de estas proyecciones sin actuarlas, sin defenderse violentamente, sin aceptarlas con pasividad, deja claro que “el loco” es quien las emite, facultando el proceso de asumir la responsabilidad en aquello que proyecta.

Es un proceso equivalente a la corresponsabilidad que promueve el terapeuta familiar ante las proyecciones emitidas en el paciente identificado cuando refiere: ¿Qué no es el sistema en su conjunto el que está enfermo?



2)      La reafirmación del deseo de ejercer la paternidad o maternidad por encima de cualquier reafirmación narcisista o de la búsqueda de reivindicación de sus derechos civiles.

Asumirse padre es acceder a una función de legitimar a un hijo, nombrarlo, reconocerlo, inscribir en él una historia que le dará identidad, pertenencia, sostén y de la que en algún momento se podrá desprender. Ser padre implica un compromiso psíquico con la otredad, una cierta renuncia a la satisfacción narcisista, una capacidad para asumir una función fundamental en relación con los descendientes.

La paternidad y la maternidad no son condiciones naturales de ser hombre o mujer. El ejercicio de ser padre remite a construcciones sociales, históricas y políticas de la subjetividad humana, donde no hay dependencia con alguna noción naturalista o de orden biológico.

Para algunos homosexuales, adoptar hijos puede estar motivado a reafirmaciones narcisistas o de búsqueda de reivindicar derechos civiles, sin embargo, cuando estas motivaciones ocupan el primer plano queda en duda si el deseo está orientado a ser padres o a tener un hijo (en el sentido de poseer), que no es lo mismo. La diferencia estriba en el grado de compromiso afectivo para otorgar un lugar psíquico a otro ser por encima de la búsqueda por satisfacer necesidades narcisistas.



3)      El reconocimiento y respeto de los derechos del niño como un ser completo, íntegro e independiente a la pareja de padres.

El artículo 4° establece que los niños y niñas tienen el derecho a la satisfacción de las necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral que, sus ascendientes, tutores o custodios deben preservar. Los derechos de los menores sujetos a adopción, se encuentran en posición prevalente frente al interés del adoptante o adoptantes. Asimismo, considera que la orientación sexual de la persona o la pareja no es en sí mismo un hecho nocivo para el desarrollo de un menor. El interés superior de éste permite delimitar el universo de posibles adoptantes, sobre la base de que ofrezcan las condiciones necesarias para el cuidado y desarrollo del menor, establecidas en la ley. La autoridad aplicadora evaluará y decidirá lo que represente su mejor opción de vida, ya que sostener que las familias homoparentales no satisfacen este esquema implicaría utilizar un razonamiento constitucionalmente contrario a los intereses de los menores que, en razón del derecho a una familia, debe protegerse (Fernández, 2014).



4)      La consolidación de un apego seguro en la familia como una forma de vincularse afectivamente con su hijo.

Bowlby (1976) desarrolló la teoría del apego, la cual describe el efecto que producen las experiencias tempranas y la relación con la primera figura vincular en el desarrollo del niño. Para el autor, la capacidad de resiliencia frente a eventos estresantes es influida por el patrón de apego o el vínculo que los individuos desarrollan durante las primeras experiencias con su cuidador, que generalmente es la madre, pero puede ser otra persona. El desarrollo del apego es fundamental ya que a través de este vínculo, el niño adquiere la seguridad para explorar y aprender de su entorno y de él mismo, desarrollando el altruismo, la generosidad y la empatía.

En el caso de familias homoparentales, el vínculo seguro permitirá que padres e hijos puedan afirmarse en su entorno y desarrollar la capacidad de asumir su situación de vida con firmeza y seguridad, a pesar de encontrarse al margen de las prácticas heteronormativas



5)      El reconocimiento de las diferencias y particularidades que tienen como familia en comparación con otras organizaciones familiares, no viviéndolas como una desventaja, sino como una oportunidad diferente de desarrollo.



En nuestros tiempos es difícil determinar los sujetos que pertenecen a una mayoría o a una minoría. Son tantas las condiciones que nos constituyen (y constriñen) que en algunos aspectos nos ajustamos a los parámetros sociales esperados, mientras que en otros somos ajenos y vulnerables a posibles actos de rechazo y discriminación. Si se logra afirmar este supuesto, los beneficiaros de aceptar y reconocer las diferencias en las organizaciones familiares podrían ser hombres y mujeres, homosexuales y heterosexuales, padres biológicos o adoptivos, personas que se identifican con su rol de género (cisgénero) o que no (transgénero), que ejercen su función parental solos o en pareja, que provienen de relaciones truncadas por el divorcio y están inmersas en otra relación, que han accedido a la parentalidad por métodos de reproducción asistida, entre otras diversidades familiares que, en suma, están buscando dar un estatuto social a las familias no tradicionales, lejos de patologizarlas por el simple hecho de ser diferentes.

En mi perspectiva, es necesario dejar atrás la idealización que algunos estratos sociales aún sostienen sobre la familia nuclear o tradicional. Efectuada esta transición, no se trataría de ajustarse a la norma, sino de encontrar las diferencias que singularizan la estructura y funcionamiento de una familia homoparental. Milan Kundera decía: “Toda utopía comienza siendo un enorme paraíso que tiene como anexo un pequeño campo de concentración para rebeldes a tanta felicidad; con el tiempo, el paraíso mengua en bienaventurados y la prisión se abarrota de descontentos, hasta que las magnitudes se invierten”. Estamos a la espera de que ese momento nos alcance.




Referencias

Angulo, Granados y González (2014, abril). Experiencias de familias homoparentales con profesionales de la psicología en México, Distrito Federal. Una aproximación cualitativa. Cuicuilco. Vol. 21, No. 59. Recuperado de: http://www.redalyc.org/pdf/351/35131858010.pdf

Bowlby, J. El apego. El apego y la pérdida I. Paidós: España.

Cyrulnik, B. (2002). Los patitos feos. La resiliencia: Una infancia infeliz no determina la vida. Gedisa: España.

Fernández, M. (2014, enero). Nuevas realidades en torno a la familia: Familias homoparentales y adopción. Divulgare: Boletín Científico de la Escuela Superior de Actopan, vol. 1, no. 1.  Recuperado de: https://www.uaeh.edu.mx/scige/boletin/actopan/n1/index.html

OMS (2004). Promoción de la salud mental: Conceptos, evidencia emergente práctica. Ginebra: Organización Mundial de la Salud. Recuperado de: http://www.who.int/mental_health/evidence .

UNAM (2010, 31 de mayo). Opinión sobre la reforma al Código Civil del Distrito Federal (artículos 146 y 391) para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Procuraduría General de la República ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Seminario de Investigación de Ética y Bioética. Recuperado de: http://www.bioetica.unam.mx/assets/matrimonios.pdf




1 comentario:

  1. La paz sea con ustedes. Llamo desde la ciudad de Fez en Marruecos. Vivo en circunstancias difíciles. Soy gay, pero aquí en mi país no aceptan esto. Sufro mucho y quiero su ayuda.

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